
¿Es delito modificar el Himno Nacional? La Ley 210-19 dice que sí
- 2025-08-07
- Autor: Yoan Silverio
Santo Domingo. La Ley No. 210-19 sobre los Símbolos Patrios establece que está prohibido alterar, modificar o utilizar de forma indebida el Himno Nacional Dominicano, y sanciona esta conducta con penas que van de uno a tres meses de prisión y multas económicas.
Amparados en esta legislación, los comunicadores Javier Ubiera y Delvys Lanfranco interpusieron este jueves una querella formal ante la Procuraduría General de la República.
La acción legal responde a la difusión de una versión modificada del Himno Nacional, interpretada el pasado 1 de agosto durante un evento público-privado.
El tema, denominado “Himno Laico Dominicano”, también apodado en redes sociales como el “Himno Gay”, incluye cambios en la letra original y fue ampliamente compartido en plataformas digitales, generando reacciones en la opinión pública.
“Esto no es un asunto de orientación sexual ni de discriminación, es un tema de respeto a la Constitución y a nuestros símbolos patrios”, expresó Javier Ubiera. A su vez, Delvys Lanfranco afirmó que “la libertad de expresión no incluye el derecho a modificar emblemas oficiales de la República”.
El abogado José Fernando Pérez Vólquez, representante de los querellantes, calificó el acto como un “crimen simbólico” y una ofensa moral al alma de la nación.
“El Himno Nacional es inmutable. Alterarlo es atentar contra la identidad del pueblo dominicano”, indicó.
La querella se fundamenta en el artículo 33 de la Constitución de la República y en los artículos 30, 33 y siguientes de la Ley 210-19, que regulan el uso de los símbolos patrios y establecen sanciones para quienes los ultrajen o distorsionen.
Los comunicadores solicitan una investigación penal para identificar y sancionar a los responsables de esta alteración, en defensa del respeto a los valores y emblemas nacionales.
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