¿Sigue violando el Ministerio Público la disposición del Tribunal Constitucional sobre el uso de nombres en los casos penales?

¿Sigue violando el Ministerio Público la disposición del Tribunal Constitucional sobre el uso de nombres en los casos penales?

Santo Domingo. -El debate sobre cómo comunica el Ministerio Público (MP) sus casos penales vuelve a la mesa tras el lanzamiento de la «Operación XL526» en Santiago, ya que el Tribunal Constitucional estableció el cese de la práctica de nombrar los casos como «apodos» para cuidar el derecho de la presunción de inocencia.

En abril de 2025, el TC emitió la sentencia TC/0225/25 en la que prohíbe al Ministerio Público y sus dependencias utilizar motes o sobrenombres en sus expedientes judiciales, luego de determinar que esta práctica vulnera la presunción de inocencia, la dignidad humana, el derecho al honor y buen nombre de los procesados.

Esta decisión se emitió a favor del exprocurador Jean Alain Rodríguez, quien interpuso una acción de inconstitucionalidad en la que solicitó que el Ministerio Público desistiera de seguir llamando caso Medusa u operación Medusa el proceso judicial que se sigue en su contra.

El caso más reciente
El mote utilizado está vez hace referencia al desmantelamiento, en el municipio de Jacagua, de una presunta red que se dedicaba a extorsionar y estafar a ciudadanos en Estados Unidos para luego lavar ese dinero.

El operativo, según el Ministerio Público, se realizó con al ejecución de 28 allanamientos en Santiago y Puerto Plata, que termimaron con el arresto de unas 20 personas, identificando como supuestos cabecillas de esta estructura a Carlos José Parra Lantigua, Eliardo Peña Almonte, Renso Darío González Almonte, Josiel Pichardo Cabrera y Walinton Sosa Almonte.

De acuerdo a las autoridades, el esquema que montaron era bastante complejo ya que usaban jóvenes que dominaban el inglés y herramientas tecnológicas para asustar a las víctimas, incluso haciéndose pasar por miembros del «Cartel de Sinaloa» y enviando imágenes violentas para presionar los pagos que movían usando criptomonedas como el Bitcoin, transferencias espejo y remesas a nombre de terceros.

Este caso, en manos de la Fiscalía de Santiago, tiene un peso relevante en cuanto a la persecusión de los delitos de alta tecnología y lavado de activos, sin embargo, el hecho de que lo bautice públicamente como «XL526» pone en cuestionamiento la posible violación a una disposición de carácter constitucional.

Reiterado uso de apodos en los casos
Luego de la sentencia del Tribunal Constitucional, hace trece meses, el Ministerio Público ha insistido en mantener en sus comunicados y notas de prensa el uso de mote y apodos para referirse a los casos que judicializa.

Esta persistencia se evidencia en la difusión de procesos de alto perfil procesados con posterioridad a la sentencia, tales como la «Operación Camaleón», vinculada a supuestas irregularidades en la red de semáforos, la «Operación Pandora», relacionada con el presunto robo de municiones en la Policía Nacional (PN), y la «Operación Búfalo NK», dirigida contra el narcotráfico internacional, lo que mantiene bajo cuestionamiento el cumplimiento de las líneas jurídicas trazadas por la alta corte.