¿Será la muerte de Loyca Alvarado el primer caso de “feminicidio agravado” con condena de 40 años?

¿Será la muerte de Loyca Alvarado el primer caso de “feminicidio agravado” con condena de 40 años?

El asesinato de Loyca Alvarado Adames, atribuido a su expareja José Luis Rodríguez Fabián, podría convertirse en el primer caso en la República Dominicana donde se aplique la pena máxima de 40 años de prisión mayor por feminicidio agravado, figura introducida tras la reforma del Código Penal (Ley No. 74-25).

Alvarado Adames despareció el pasado sábado, después de haberse subido al vehículo de su ex pareja al salir de un salón, ubicado en el kilómetro 8 y medio de la avenida Independencia, sin que se supiera nada sobre su paradero, hasta que su cuerpo fue hallado en unos matorrales próximo a la circunvalación en Haina, provincia Santo Domingo.

Tras ser apresado por la policía, Rodríguez Fabián habría admitido el crimen y facilitó la ubicación de donde lanzó el cuerpo de la víctima, con quien llevaba meses separado.

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Loyca, quien deja un hijo en la orfandad, habría sido asesina con premeditación, según el Ministerio Público. La tragedia, ha golpeado a la familia de la víctima, a quien han descrito como una mujer de bien.

Loyca Alvarado Adames y su expareja osé Luis Rodríguez Fabián.

La procuradora fiscal Topacio Milagro Suero Sierra solicitó prisión preventiva y formuló cargos bajo el artículo 94 del nuevo marco legal, promulgado el 3 de agosto de 2026. El Ministerio Público sostiene que los hechos encajan en varias causales de agravación previstas por la normativa.

Elementos del expediente que sustentan la acusación sobre el presunto asesinato de Loyca

Violencia previa y vínculo afectivo: La víctima era expareja del imputado y un informe psicológico forense certifica antecedentes de violencia y riesgo.

Asechanza y traslado mediante engaño: Alvarado fue contactada por teléfono y llevada a una cabaña donde recibió el disparo.

Ocultamiento del cuerpo: Cámaras de seguridad registraron el traslado del cadáver a Bajos de Haina, donde fue abandonado para obstaculizar la búsqueda.

Uso de arma ilegal: En un allanamiento se incautó un revólver calibre .38 con numeración borrada, coincidente con el proyectil recuperado.

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¿Se queda corto el Ministerio Público?

Por este caso, el abogado Harold Hechavarría entiende que la pretensión del Ministerio Público sobre una condena de 40 años pudiera ser incluso mayor, respecto a lo dispuesto en la nueva legislación penal, estimando que el imputado José Luis Rodríguez Fabián podría enfrentar hasta 60 años de reclusión mediante la figura del cúmulo de penas.

Su planteamiento se fundamenta en el origen ilícito del arma incautada al acusado, lo cual constituye una infracción penal independiente al crimen cometido.

«Dicha arma de fuego fue alterada, lo cual da indicios de que existe una posibilidad muy grande de que el arma de fuego fue ocupada de manera ilegal… en un buen aspecto jurídico aplicando la nueva normativa penal dominicana, se debería de computar también la sanción sobre el porte y tenencia de arma de fuego ilegal», sostuvo Hechavarría.

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El jurista explicó que la suma teórica de las sanciones por el feminicidio agravado (40 años) y por los delitos vinculados al porte ilegal de un arma alterada (40 años) daría un total de 80 años de prisión. Sin embargo, recordó el tope legal establecido por el nuevo cuerpo normativo:

«La sumatoria haría 80 años de reclusión, pero la norma a su vez establece que dicho cúmulo de pena no puede exceder de 60 años de reclusión». Sentenció.

El especialista concluyó que la confirmación pericial sobre la ilegalidad del arma durante la fase investigativa definirá la factibilidad de aplicar la sanción máxima acumulada de 60 años contra el imputado.

Pero, ¿Qué dice en nuevo Código Penal sobre estos agravantes?

El artículo 93 tipifica el feminicidio autónomo con penas de 30 a 40 años de prisión. Sin embargo, el siguiente (artículo 94), establece el feminicidio agravado con sanción fija de 40 años, cuando concurren circunstancias específicas, como antecedentes de violencia, engaño en el traslado, ocultamiento del cuerpo o prevalencia de una relación de confianza.

En este caso, el Ministerio Público argumenta que se cumplen varias de esas condiciones, lo que habilita la solicitud de la pena máxima. Además, al haberse cometido el crimen el 27 de septiembre de 2026, posterior a la entrada en vigor de la Ley 74-25, se garantiza la aplicabilidad del nuevo régimen penal.

Un precedente judicial en construcción

De confirmarse la condena solicitada, este proceso marcaría un precedente en la aplicación del feminicidio agravado en la República Dominicana, consolidando la intención del legislador de diferenciarlo del homicidio ordinario y endurecer las sanciones frente a la violencia extrema contra las mujeres.

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