Reforzarán controles a patinetas eléctricas; detalles de las nuevas disposiciones

Reforzarán controles a patinetas eléctricas; detalles de las nuevas disposiciones

Santo Domingo.– El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció que reforzará los operativos de control y fiscalización sobre el uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal en espacios públicos, ante el aumento sostenido de estos equipos en las vías del país.

La institución explicó que el objetivo es garantizar el cumplimiento estricto de la normativa vigente y fortalecer el orden en zonas de alta circulación peatonal, protegiendo especialmente a niños, adultos mayores y demás ciudadanos.

De acuerdo con las disposiciones actuales, las patinetas eléctricas no pueden circular por las aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 kilómetros por hora. Además, cualquier modificación en el sistema que permita superar esa velocidad constituye una infracción.

En cuanto a las bicicletas eléctricas, la regulación establece que las de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o destinadas al transporte de personas o carga tienen un tope de 32 kilómetros por hora.

Multas y fiscalización

El Intrant advirtió que el incumplimiento de estas normas puede acarrear sanciones equivalentes de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado, según lo establece el artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. La supervisión estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett).

Diferencias clave

El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, subrayó la importancia de distinguir entre dispositivos de movilidad personal y motocicletas eléctricas.

Precisó que las patinetas eléctricas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido —cuyo motor complementa el esfuerzo humano— se consideran dispositivos personales y están sujetas a límites de velocidad y al uso obligatorio de casco.

En cambio, las motocicletas eléctricas que funcionan mediante acelerador, aun cuando tengan pedales, son clasificadas como vehículos de motor. Por tanto, deben contar con placa oficial, matrícula, seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir categoría 1 y casco obligatorio. La falta de estos requisitos puede derivar en la retención inmediata del vehículo.

Como parte de las medidas, el Intrant notificará a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) que las motocicletas eléctricas deben completar los procesos formales de importación y matriculación antes de circular. Asimismo, importadores, distribuidores y empresas de alquiler deberán garantizar el cumplimiento de la ley.