Juristas piden al Tribunal Constitucional anular por completo el nuevo Código Penal

Juristas piden al Tribunal Constitucional anular por completo el nuevo Código Penal

La discusión sobre el nuevo Código Penal suma un nuevo capítulo. Tres juristas solicitaron al Tribunal Constitucional (TC) declarar la nulidad «total y absoluta» de la Ley 74-25, al considerar que el procedimiento seguido por el Congreso Nacional para aprobarla estuvo plagado de violaciones constitucionales que invalidan la totalidad de la norma.

La acción fue presentada por los juristas Dángela Ramírez Guzmán, Ivanna Molina Peña y Pedro J. Castellanos Hernández, quienes dirigen su recurso contra el Senado de la República y la Cámara de Diputados. Su planteamiento sostiene que los presuntos vicios no afectan artículos específicos, sino el procedimiento completo mediante el cual fue aprobada la legislación, por lo que solicitan que los 400 artículos del Código Penal sean expulsados del ordenamiento jurídico.

Afirman que la reforma parcial no elimina la demanda

Los accionantes sostienen que el proyecto sometido recientemente por el Poder Ejecutivo para modificar 18 artículos del Código Penal no extingue ni deja sin objeto la acción de inconstitucionalidad ya presentada.

A su juicio, las modificaciones impulsadas por el Gobierno buscan corregir aspectos puntuales del contenido de la ley, mientras que su recurso cuestiona la validez constitucional de todo el proceso legislativo que dio origen a la Ley 74-25.

Según argumentan, aunque el Congreso apruebe cambios al texto, el Tribunal Constitucional debe pronunciarse sobre la legalidad del procedimiento seguido para aprobar la norma original.

Alegan violaciones a la Constitución y al proceso legislativo

En su recurso, los juristas afirman que durante la aprobación del Código Penal fueron vulnerados los artículos 2, 4 y 112 de la Constitución, además de principios como la deliberación conjunta, la bicameralidad y el principio democrático.

Sostienen que la ley fue aprobada mediante un procedimiento acelerado que impidió una discusión real y un conocimiento efectivo del contenido por parte de los legisladores.

De acuerdo con el documento, las supuestas irregularidades incluyen votaciones sin el tiempo suficiente para leer las modificaciones, ausencia de una deliberación adecuada y violaciones al estándar de mayoría calificada exigido para las leyes orgánicas.

Cuestionan la rapidez con que fue conocido el proyecto

Uno de los principales argumentos del recurso se refiere al ritmo con que fue conocido el proyecto en el Senado.

Los accionantes aseguran que el texto modificado llegó a esa cámara alrededor de las 3:42 de la tarde y que menos de una hora después comenzó su conocimiento.

Añaden que, durante el debate, un senador expresó su inconformidad porque el proyecto sería aprobado sin conocer previamente los cambios introducidos. Según el recurso, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, respondió que «ninguno lo conocemos. Eso viene y se va a leer».

Para los juristas, esa afirmación constituye una admisión de que la ley fue votada sin un conocimiento efectivo de su contenido, situación que consideran incompatible con las exigencias constitucionales para la aprobación de una legislación de esa naturaleza.

Denuncian un supuesto «vicio del objeto»

El recurso también sostiene que el Senado no conoció exactamente el mismo texto aprobado por la Cámara de Diputados.

Según los accionantes, durante la sesión del 31 de julio se dio lectura al informe de la comisión especial y a propuestas de modificaciones, en lugar del proyecto aprobado formalmente por la Cámara Baja.

A partir de esa actuación, afirman que el Senado terminó votando un documento materialmente distinto al remitido por los diputados, lo que, en su criterio, quebrantó el principio democrático y transformó el proyecto original en una iniciativa legislativa diferente, sin reiniciar el procedimiento constitucional correspondiente.

Señalan afectación a la separación de poderes

Los tres juristas también alegan que el proceso legislativo vulneró el principio de separación de poderes.

En su escrito sostienen que el Congreso renunció a ejercer plenamente su función deliberativa al no devolver el proyecto a la comisión bicameral para evaluar las modificaciones incorporadas en la etapa final del trámite legislativo.

Asimismo, indican que parte de esas modificaciones habrían sido remitidas directamente por la Procuraduría General de la República, situación que, según su interpretación, debió ser objeto de un análisis legislativo más amplio antes de la aprobación definitiva de la ley.

El Tribunal Constitucional deberá decidir

La acción forma parte de los recursos de inconstitucionalidad presentados contra la Ley 74-25 y plantea que las supuestas irregularidades afectan el origen mismo de la norma, por lo que no pueden corregirse mediante reformas parciales.

Mientras el Congreso analiza el proyecto del Poder Ejecutivo para modificar varios artículos del Código Penal antes de su entrada en vigor, corresponderá al Tribunal Constitucional determinar si las alegadas violaciones al procedimiento legislativo tienen entidad suficiente para declarar la nulidad total o parcial de la legislación.