Un juez federal autoriza que Donald Trump organice la pelea de la UFC en la Casa Blanca
- 2026-06-12
- Autor: Te Lo Explico
Un juez federal permitió que el presidente Donald Trump celebre una pelea de UFC este domingo 14 de junio en la Casa Blanca, tras rechazar una demanda que buscaba detener el evento y concluir que los demandantes no demostraron legitimación suficiente ni un daño irreparable.
De acuerdo con la resolución judicial, la decisión mantiene en pie un montaje que implicó casi un año de planificación, la coordinación con múltiples agencias gubernamentales, la participación de entre 700 y 900 trabajadores y una inversión estimada en USD 60 millones por parte de la UFC y organizaciones afiliadas. El magistrado indicó que una suspensión de último momento no podía ignorar el impacto económico generado.
El evento forma parte de la celebración por el 250 aniversario del país y coincide con el cumpleaños número 80 del presidente. La programación contempla una conferencia de prensa en el Monumento a Lincoln, un pesaje ceremonial, un concierto y el combate en el jardín sur de la Casa Blanca.
Los argumentos de los demandantes: lucro privado, presunto homenaje presidencial y normas ambientales
La demanda fue presentada por representantes del Public Integrity Project en nombre de una organizadora política y un veterano de la Fuerza Aérea, quienes argumentaron que el gobierno no debía autorizar un evento deportivo privado y con fines de lucro en espacios federales.
Los demandantes sostuvieron además que la actividad violaba regulaciones del Servicio de Parques Nacionales, habría sido aprobada de manera impropia y carecía de revisión ambiental.
Por su parte, la Casa Blanca calificó la acción legal como un intento infundado de bloquear un evento comparable con otras actividades públicas realizadas anteriormente en Washington. El Departamento de Justicia defendió la legalidad de la autorización y señaló que administraciones anteriores también instalaron estructuras temporales para actividades especiales.
En su decisión, el juez consideró que la demanda fue presentada con una demora injustificada, pese a que la fecha del evento era conocida con antelación. Asimismo, concluyó que los demandantes no lograron demostrar una probabilidad sustancial de daño irreparable.
Respecto a las objeciones por el impacto visual de las estructuras instaladas para el evento, el magistrado señaló que se trata de instalaciones temporales que serán retiradas una vez concluida la actividad.
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