Roberto Rosario asegura que sentencia del TC no elimina las restricciones a colmados

Roberto Rosario asegura que sentencia del TC no elimina las restricciones a colmados

El abogado Roberto Rosario Márquez afirmó que la reciente sentencia emitida por el Tribunal Constitucional (TC) sobre las restricciones al expendio de bebidas alcohólicas no modifica las limitaciones que actualmente rigen para colmados y otros establecimientos comerciales, debido a que estas continúan sustentadas en una resolución conjunta emitida por el Gobierno en abril de 2022.

Según explicó, la decisión del Tribunal Constitucional corresponde al expediente TC-2025-0050, mediante el cual se conoció una acción directa de inconstitucionalidad contra un decreto promulgado en julio de 2006 durante la administración del expresidente Leonel Fernández.

Rosario indicó que ese decreto establecía restricciones para la venta de bebidas alcohólicas desde la medianoche de domingo a jueves y a partir de las 2:00 de la madrugada los viernes y sábados.

Afirma que la resolución de 2022 sigue vigente

El jurista sostuvo que, aunque el Tribunal Constitucional se pronunció sobre el decreto de 2006, las restricciones actualmente aplicadas no se sustentan en esa disposición, sino en la Resolución Especial No. ESP/001-2022, emitida el 11 de abril de 2022 por el entonces ministro de Turismo, David Collado, y el entonces ministro de Interior y Policía, Jesús Vázquez Martínez.

De acuerdo con Rosario Márquez, esa resolución dejó sin efecto, en la práctica, el régimen establecido en el decreto de 2006 e introdujo nuevas limitaciones para distintos tipos de establecimientos.

Explicó que la normativa restringe el expendio de bebidas alcohólicas en colmados, colmadones, car wash, parques mecánicos, parques acuáticos y tiendas de licores todos los días de la semana a partir de las 12:00 de la medianoche.

Asimismo, señaló que la resolución permite a discotecas, bares, clubes, restaurantes, centros de eventos, piano bar y casinos operar hasta las 2:00 de la madrugada de domingo a jueves.

Sostiene que también se limitó el servicio a domicilio

Rosario afirmó que la resolución de 2022 amplió las restricciones existentes al prohibir también el despacho a domicilio de bebidas alcohólicas durante el horario establecido.

A su juicio, esto implicó nuevas limitaciones para los consumidores y para los comercios dedicados a la venta de estos productos.

“Desde el 11 de abril del 2022, las medidas de restricción que han estado vigentes se sustentan en la resolución emitida en el gobierno del presidente Luis Abinader”, expresó.

Recuerda acción presentada ante el Tribunal Superior Administrativo

El abogado informó que en 2022 su oficina presentó una acción ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) en representación de cientos de propietarios de colmados, con el objetivo de solicitar la nulidad de la resolución conjunta emitida por los ministerios de Turismo e Interior y Policía.

Indicó que esa demanda fue rechazada en primera instancia por el Tribunal Superior Administrativo.

Sin embargo, explicó que posteriormente la Suprema Corte de Justicia, mediante la Resolución SCJ-TC-25-2979, de fecha 29 de agosto de 2025, casó esa decisión y ordenó continuar con el proceso.

Según Rosario Márquez, el Tribunal Superior Administrativo aún no ha emitido un fallo definitivo sobre ese expediente.

Considera que la sentencia del TC no resuelve el problema

El jurista sostuvo que la reciente decisión del Tribunal Constitucional no modifica la situación que enfrentan los propietarios de colmados y otros establecimientos comerciales.

Afirmó que la disposición que actualmente aplican las autoridades sigue siendo la resolución emitida en 2022 por los ministerios de Turismo e Interior y Policía.

En ese sentido, consideró que la sentencia del Tribunal Constitucional carece de efectos prácticos para ese sector mientras permanezca vigente la resolución administrativa.

Solicita derogar la resolución de 2022

En representación de cientos de propietarios de colmados, Rosario Márquez reiteró su llamado al ministro de Turismo, David Collado, y a la ministra de Interior y Policía, Faride Raful, para que dejen sin efecto la Resolución Especial No. ESP/001-2022.

El abogado sostuvo que esa normativa es inconstitucional porque, a su juicio, restringe derechos protegidos por la Constitución dominicana, especialmente los contemplados en los artículos 50 y 74 de la Carta Magna.