Extradición de “Macho” tardaría meses por falta de acuerdo RD-Jamaica
- 2026-08-19
- Autor: Ronny De la Rosa
Con el apresamiento de Jhovanny de Jesús Metz Cruz, alias Macho, quien fue arrestado ayer en Jamaica, acusado de la muerte del recolector de basura Deivy Carlos Abreu Quezada, ocurrida en Santiago el pasado 17 de abril, inicia un proceso que puede tardar meses, para que enfrente la justicia dominicana.
De acuerdo con las investigaciones, Metz Cruz habría participado en la persecución y ataque contra Abreu Quezada, quien intentó refugiarse en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago tras ser seguido por un grupo de motociclistas.
Tras la captura, el proceso de extradición hacia República Dominicana entra ahora a los procedimientos legales de Jamaica, con normativas establecen que el Estado requirente dispone de hasta 60 días para presentar pruebas formales, mientras que la defensa puede recurrir a recursos de habeas corpus o apelaciones.
Sin embargo, el tiempo puede ser aún mayor, debido a que la República Dominicana y Jamaica no tienen acuerdos firmados en ese sentido, por lo que se utilizarían otros mecanismos, como explica el jurista Francisco Dominguez.
«Lo primero que hay que hacer notar es que entre la República Dominicana y Jamaica, actualmente, no existen tratados de extradición suscritos. Es por esta razón que muchos dominicanos y extranjeros que cometen hechos delictuosos o criminales en la República Dominicana optan por irse a Jamaica, ¿Por qué? Porque la extradición de un dominicano hacia la República Dominicana, o de un extranjero que haya cometido un hecho en la República Dominicana, no es tan fácil» explica Dominguez.
Explica que hay procesos que deben abrirse, como la solicitud formal de la República Dominicana, a través de instituciones como la Interpol, por lo que el proceso puede ocurrir, aunque con no con la misma celeridad.

«Entonces, ¿qué resulta? ¿Qué hay que hacer? Eso es vía convenios internacionales de cooperación internacional, vía la Interpol, que va a haber que trabajar ese tema.» expresó.
Además, aun cuando un tribunal determine que procede la extradición, la decisión final corresponde al Ministro de Seguridad Nacional y Justicia de Jamaica, quien tiene la facultad de autorizar o denegar la entrega física del imputado.
Por estas razones, el traslado de Metz Cruz hacia territorio dominicano podría tardar varios meses o incluso más de un año, dependiendo de la evolución de las gestiones diplomáticas y judiciales.
Cronograma de procedimientos:
1. Canal Diplomático y Nota Diplomática: Fase Inicial de Solicitud.
El Estado solicitante envía una solicitud formal acompañada de las pruebas autenticadas a través de su embajada al Ministerio de Asuntos Exteriores y Comercio Exterior de Jamaica.
2. Autorización para Proceder (Authority to Proceed): Evaluación del Ministerio de Justicia.
El expediente se remite al Ministerio de Justicia (autoridad central), donde el ministro evalúa si cumple con los requisitos legales y firma la orden para que intervengan los fiscales.
- Verificación de Doble Incriminación: Se comprueba que el acto constituya un delito tanto en el Estado requirente como en Jamaica, castigado con una pena de prisión significativa (generalmente de dos años o más).
- Filtro por Delitos Políticos: Se verifica que no se trate de delitos de naturaleza política, salvo excepciones en convenciones internacionales (como terrorismo o genocidio).
3. Intervención de la Fiscalía (Director of Public Prosecutions): Representación Legal Estatal.
La fiscalía actúa en representación del Estado requirente ante los tribunales jamaicanos y verifica el cumplimiento de las garantías procesales.
4.Detención y Audiencia Judicial: Fase Judicial y Evaluación de Evidencia.
Se emite una orden de arresto y el detenido es presentado ante un tribunal de magistrados (court of committal). El Estado requirente dispone por lo general de un plazo de 60 días para enviar la evidencia formal y suficiente que justifique el juicio en caso de que los hechos hubieran ocurrido en Jamaica.
5.Recursos de Habeas Corpus: Impugnación por la Defensa.
La defensa puede objetar la medida ante la Corte Suprema mediante un recurso de habeas corpus o apelar la decisión judicial.
6.Decisión Final del Ministro: Resolución del Poder Ejecutivo.
Si el tribunal determina que procede la extradición, el caso vuelve al poder ejecutivo (el Ministro de Seguridad Nacional y Justicia), quien tiene la decisión final de autorizar la entrega física del individuo.
- Criterio sobre Nacionales Jamaicanos: Por ley, el Ministro tiene la discreción de denegar la extradición si la persona reclamada es ciudadana de Jamaica, a menos que dicho ciudadano posea también la nacionalidad del país solicitante.
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