Decreto 403-26: Ya no entregarás un documento 2 veces al Estado

Decreto 403-26: Ya no entregarás un documento 2 veces al Estado

El Poder Ejecutivo emitió el decreto 403-26 en el que se prohibe a las instituciones gubernamentales solicitar documentación que ya posean otras entidades estatales a los ciudadanos. Es decir, una institución no podrá solicitar un documento que ya haya entregado a otra.

El decreto  403-26 establece el marco nacional de interoperabilidad y gobernanza de datos de la administración pública. Este busca orientar y transformar la manera en que las instituciones del Estado intercambian información para ofrecer servicios públicos más ágiles, seguros, integrados y centrados en las necesidades de la ciudadanía.

Sus principales objetivos son reducir la duplicidad documental y la carga administrativa para ciudadanos, empresas y servidores públicos, garantizando la calidad de los datos del Estado, la habilitación de servicios públicos digitales integrados y proactivos que faciliten la interoperabilidad de los servicios centrales de la función pública y de los sistemas transversales del Estado.

¿Cómo funcionará?

En lo adelante, los organismos públicos deberán priorizar el intercambio de información entre instituciones para evitar solicitar a ciudadanos y empresas documentos o datos que ya reposen en otra entidad del Estado, contribuyendo así a simplificar los trámites y reducir la burocracia.

Cada institución deberá registrar y mantener actualizado sus registros de datos, con el propósito de facilitar la localización, comprensión y aprovechamiento interoperable de la información pública, conservando la titularidad, responsabilidad y control sobre los datos que administran.

Las disposiciones serán de aplicación obligatoria para los órganos y entes de la Administración Pública Central, descentralizada, desconcentrada y autónoma, así como para las instituciones de la seguridad social y demás entidades estatales que administren registros, sistemas de información, plataformas, servicios digitales o mecanismos de intercambio de datos.

El decreto ordena que todos los procesos, sistemas y servicios públicos que requieran consultar, validar o verificar información de identidad deberán desarrollarse en coordinación con la Junta Central Electoral (JCE).