Contraloría deja de publicar auditorías y sostiene que la ley no la obliga

Contraloría deja de publicar auditorías y sostiene que la ley no la obliga

La Contraloría General de la República (CGR) ha dejado de publicar de manera regular los informes de auditoría practicados a instituciones públicas y sostiene que la Ley 10-07 no le impone la obligación de hacerlos públicos. La posición contrasta con la política anunciada al inicio del Gobierno de Luis Abinader, cuando se prometió auditar instituciones y divulgar los resultados como parte de una agenda de transparencia y rendición de cuentas.

Los informes de auditorías realizadas durante los últimos años permanecen, en gran medida, fuera del acceso público.

La propia Contraloría General de la República confirmó esta política al responder solicitudes de información en las que se negó a entregar documentos requeridos y remitió al solicitante a esperar que los informes finales sean “oficializados” a través del Poder Ejecutivo.

En otra respuesta, emitida en agosto, el contralor Geraldo Espinosa Pérez sostuvo que la institución no tiene una obligación legal de publicar esos trabajos.

¿En qué se basa la Contraloría para no publicar?

Espinosa Pérez fundamentó su posición en la Ley 10-07, que instituye el Sistema Nacional de Control Interno.

Según su interpretación, la finalidad principal de una auditoría interna es permitir que la institución evaluada corrija las situaciones detectadas, no necesariamente divulgar el informe al público.

“La conclusión de un informe de auditoría interna tiene como finalidad primordial contribuir a que la entidad auditada adopte las medidas necesarias para corregir las situaciones identificadas (…) sin que ello implique que la publicación del informe constituya un requisito inherente a la culminación del trabajo de auditoría”, respondió el funcionario.

El contralor también señaló que la legislación establece como atribución de la CGR emitir los informes derivados de auditorías, inspecciones y evaluaciones, y remitirlos al Poder Ejecutivo y a los organismos correspondientes.

Bajo esa interpretación, sería el Ejecutivo el que eventualmente determine su divulgación pública.

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