Código Penal suma 40 modificaciones: diputados aprueban ocho cambios más y lo envían al Senado
- 2026-07-21
- Autor: Te Lo Explico
Santo Domingo. La Cámara de Diputados aprobó este lunes, en segunda lectura, el proyecto que modifica la Ley Orgánica 74-25, que instituye el nevo Código Penal de la República Dominicana, y lo remitió al Senado luego de incorporar ocho nuevas modificaciones a las 32 realizados en la sesión desarrollada el pasado sábado.
La iniciativa fue aprobada con 120 votos a favor y 17 en contra. Ahora deberá ser conocida por el Senado de la República en dos lecturas antes de ser enviada al presidente Luis Abinader, quien decidirá si la promulga u observa.
El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, aseguró que el proyecto será conocido antes de que concluya la actual legislatura, el próximo 3 de agosto, por lo que entiende que no habrá inconvenientes para que el nuevo Código Penal entre en vigencia en la fecha prevista.
¿Cuáles son las ocho modificaciones?
- Estafa agravada (artículo 238). Se agregó una disposición que castiga este delito con penas de cinco a diez años de prisión mayor.
- Venta de inmuebles en plano. Se añadió un párrafo que considera estafa agravada cuando una persona venda o prometa vender un inmueble en plano, reciba total o parcialmente el dinero acordado o comercialice una misma propiedad a dos compradores distintos.
- Proxenetismo agravado (artículo 177). Se eliminó el numeral 10, que contemplaba como agravante cuando la víctima era obligada, amenazada o se le retenían documentos de identidad. Sin embargo, se mantienen las sanciones cuando la captación de personas se realice fuera del país o se utilicen establecimientos para facilitar la explotación sexual.
- Autosecuestro (artículo 170). Se corrigió la redacción del artículo al incorporar la palabra «preparación», sin cambiar el fondo de la disposición. El artículo establece que el cómplice recibirá la misma pena que quien organice el autosecuestro.
- Exhibicionismo sexual (artículo 142). Se agregó un numeral para excluir de responsabilidad penal las manifestaciones realizadas en contextos artísticos dirigidos a adultos, siempre que no afecten el bien jurídico protegido.
- Discriminación (artículo 173). Se incorporó un nuevo párrafo que establece que no habrá discriminación cuando una acción u omisión se fundamente en el ejercicio legítimo de una facultad constitucional o legal, exista imposibilidad material o un caso de fuerza mayor. Según explicó el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, el cambio responde a críticas surgidas en redes sociales.
- Daños por aplicación de sustancias químicas (artículo 104) y prescripción de delitos sexuales (artículo 141). Ambos artículos recibieron únicamente modificaciones de estilo, sin alterar su contenido.
- Correcciones técnicas y ortográficas. El texto aprobado autoriza a los técnicos legislativos a realizar ajustes de forma para corregir errores ortográficos, de redacción u otras inconsistencias antes de la versión final.
Con estas ocho modificaciones se suman nuevos cambios a los 32 ajustes que ya habían sido aprobados por la Cámara de Diputados durante la sesión del pasado sábado, antes de remitir la pieza al Senado para continuar su trámite legislativo.
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