Artículo 319 del Código Penal marca rumbo del juicio de fondo en caso Jet Set

Artículo 319 del Código Penal marca rumbo del juicio de fondo en caso Jet Set

El juez Raymundo Mejía, del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, decidió enviar a juicio de fondo a los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, por el colapso del techo ocurrido el 8 de abril de 2025 que dejó 236 muertos y más de 180 heridos.

En su fundamentación, el magistrado estableció que los hechos deben ser juzgados como homicidio involuntario, descartando la figura de homicidio voluntario con dolo eventual que habían solicitado los querellantes. Según explicó, no existen elementos que permitan concluir que los imputados aceptaron la posibilidad de provocar la muerte de las víctimas.

El juez sostuvo que la diferencia entre culpa consciente y dolo eventual radica en la intención y el conocimiento del resultado. “A esos señores se les puede retener negligencia, pero no que querían matar a esas personas. No hay forma humana”, expresó durante la audiencia.

La decisión se apoya en el artículo 319 del Código Penal Dominicano, que establece: “El que por torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia o inobservancia de los reglamentos, cometa homicidio involuntario, o sea causa involuntaria de él, será castigado con prisión correccional de tres meses a dos años, y multa de veinte y cinco a cien pesos.”

Esto implica que, de confirmarse la tipificación en el juicio de fondo, las condenas serían considerablemente menores que las previstas para homicidio voluntario con dolo eventual, lo que abre un debate jurídico sobre la proporcionalidad de las sanciones en casos de responsabilidad estructural.

El tribunal también ratificó las medidas de coerción contra los imputados: garantía económica, impedimento de salida del país y presentación periódica, lo que les permitirá enfrentar el proceso en libertad.

La decisión ha generado críticas de juristas y querellantes, quienes consideran que la tragedia amerita una calificación más severa. Sin embargo, el juez recordó que la justicia debe actuar conforme al principio de legalidad y no como instrumento de venganza.

En la próxima etapa, el tribunal de juicio de fondo deberá valorar las pruebas periciales del Ministerio Público y de la defensa, incluyendo informes técnicos sobre la estructura del local y las responsabilidades administrativas de los propietarios.